Reorganización empresarial: opciones para acreedores

Abogados para Reorganización Empresarial en Bogotá

Cuando una empresa entra en reorganización empresarial, sus deudas no desaparecen, pero cambia la forma en que sus acreedores pueden exigir el pago. Las facturas pendientes, los procesos ejecutivos, las garantías y los acuerdos de pago deben revisarse dentro de las reglas del proceso concursal.

Para el proveedor o contratista, el principal riesgo consiste en que su acreencia no aparezca, sea reconocida por un valor inferior o reciba una clasificación que no corresponda. También debe evaluar si la propuesta de pago ofrece condiciones razonables y si la empresa tiene capacidad para cumplirlas.

En Abogados Bogotá asesoramos a empresas y personas que necesitan proteger sus derechos como acreedores frente a una compañía admitida a reorganización. Revisamos los documentos de la deuda, su reconocimiento dentro del proceso, las objeciones que puedan proceder y las condiciones del acuerdo.

¿Qué ocurre con las facturas y los procesos de cobro?

La reorganización empresarial busca que una empresa viable pueda continuar operando mientras negocia colectivamente el pago de sus obligaciones. Esto significa que los acreedores dejan de actuar de manera completamente individual y pasan a participar en un procedimiento sujeto a las reglas de la Ley 1116 de 2006.

El tratamiento de una deuda depende, entre otros factores, de cuándo nació la obligación, su naturaleza, los documentos que la respaldan, las garantías existentes y la etapa en la que se encuentre el proceso.

Facturas y obligaciones anteriores a la reorganización

Las obligaciones causadas antes del inicio del proceso normalmente deben aparecer en el proyecto de calificación y graduación de créditos y de determinación de derechos de voto.

El acreedor debe verificar que se reconozcan correctamente:

  • El valor del capital.
  • Los intereses causados.
  • El origen de la obligación.
  • La fecha en que nació el crédito.
  • La clase y prelación correspondiente.
  • Las garantías constituidas.
  • Los derechos de voto asignados.

La fecha de expedición o vencimiento de una factura puede ser relevante, pero no siempre determina por sí sola el momento en que nació la obligación. También pueden necesitarse el contrato, la orden de compra, las remisiones, las actas de entrega y las pruebas del servicio prestado.

Las deudas anteriores no necesariamente se pagan conforme al vencimiento original de cada factura. Su forma de pago puede quedar sometida al acuerdo de reorganización aprobado conforme a las reglas legales.

Procesos ejecutivos y medidas cautelares

Desde el inicio de la reorganización, como regla general, no pueden admitirse ni continuarse procesos ejecutivos o de cobro contra la empresa deudora. Los procesos existentes deben remitirse al juez del concurso para su incorporación al trámite correspondiente.

Esto no significa que la deuda desaparezca ni que el acreedor pierda automáticamente sus derechos. Significa que debe hacer valer su crédito dentro del proceso concursal y verificar que sea incluido correctamente.

Las medidas cautelares decretadas antes de la reorganización también quedan sujetas a las decisiones del juez del concurso. Su mantenimiento, levantamiento o sustitución no depende exclusivamente de la voluntad del acreedor.

Si la obligación está siendo discutida dentro de un proceso declarativo, debe analizarse su tratamiento como crédito litigioso o contingente. No todas las reclamaciones pendientes reciben exactamente el mismo manejo.

Obligaciones posteriores al inicio del proceso

Las obligaciones nacidas después del inicio de la reorganización pueden tener un tratamiento diferente. Cuando corresponden a la operación de la empresa durante el proceso, pueden considerarse gastos de administración y deben atenderse conforme a las reglas aplicables a esta clase de créditos.

Por ello, el acreedor debe establecer con precisión:

  • Cuándo se celebró el negocio.
  • Cuándo se entregaron los bienes.
  • Cuándo se prestó el servicio.
  • Cuándo se hizo exigible el pago.
  • Si la operación fue anterior o posterior al inicio del proceso.
  • Si la obligación corresponde realmente a un gasto de administración.

Esta diferencia puede afectar la forma de cobro, la prelación y la posibilidad de iniciar una actuación judicial. No conviene clasificar una deuda únicamente con base en la fecha que aparece en la factura.

¿Cómo puede un acreedor proteger su derecho de pago?

El acreedor no debería limitarse a esperar que la empresa lo contacte. Debe consultar el expediente, revisar el proyecto de reconocimiento de créditos y actuar dentro de los términos establecidos.

Una intervención tardía puede dificultar la corrección del valor, la clasificación o los derechos de voto asignados.

Verificar y presentar la acreencia

El primer paso consiste en organizar los documentos que demuestran la existencia, el valor y la exigibilidad de la obligación. Dependiendo del negocio, pueden incluirse:

  • Contratos y otrosíes.
  • Facturas electrónicas.
  • Órdenes de compra.
  • Remisiones o constancias de entrega.
  • Actas de recibo.
  • Certificaciones del servicio prestado.
  • Letras de cambio o pagarés.
  • Acuerdos de pago.
  • Garantías personales o reales.
  • Comunicaciones en las que el deudor reconozca la obligación.
  • Comprobantes de abonos parciales.

Posteriormente, debe revisarse si la deuda fue incluida en el proyecto de calificación y graduación de créditos, por qué valor aparece y qué derechos de voto le fueron reconocidos.

Si la acreencia no fue relacionada, el acreedor debe estudiar la actuación procesal procedente para solicitar su reconocimiento. La vía y las posibilidades disponibles dependerán de la etapa en que se encuentre la reorganización.

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Presentar una objeción cuando exista un error

Puede ser necesario formular una objeción cuando:

  • La acreencia fue omitida.
  • El capital reconocido es inferior al adeudado.
  • No se incluyeron determinados intereses.
  • La obligación fue atribuida a otra persona.
  • La clasificación o prelación es incorrecta.
  • No se reconoció una garantía.
  • Los derechos de voto fueron calculados de manera equivocada.
  • Una acreencia presentada por otro interesado afecta injustificadamente los derechos del acreedor.

La objeción debe sustentarse con argumentos jurídicos y documentos suficientes. No basta con indicar que existe una inconformidad.

También debe presentarse dentro del término procesal correspondiente. Si el acreedor deja pasar la oportunidad legal, puede quedar sujeto a restricciones importantes para hacer valer posteriormente una acreencia omitida o reconocida de forma incorrecta.

Revisar los derechos de voto

    Los derechos de voto permiten participar en la decisión sobre el acuerdo de reorganización. Su determinación no siempre coincide exactamente con el saldo total reclamado por el acreedor.

    Conviene verificar el valor asignado porque puede influir en:

    • La negociación de las condiciones de pago.
    • La conformación de las mayorías.
    • La aprobación del acuerdo.
    • La defensa de los acreedores pertenecientes a una misma clase.
    • La discusión sobre condiciones que puedan resultar desfavorables.

    Una diferencia en los derechos de voto debe analizarse y controvertirse dentro de la oportunidad procesal correspondiente.

    Analizar la propuesta de acuerdo

      La continuidad de la empresa no garantiza que el acuerdo sea conveniente para todos los acreedores. Antes de votar o aceptar una propuesta, debe estudiarse si las condiciones ofrecidas son claras, viables y jurídicamente admisibles.

      El análisis debería incluir:

      • El plazo total de pago.
      • Los periodos de gracia.
      • El valor y periodicidad de las cuotas.
      • La tasa de interés propuesta.
      • Los descuentos sobre intereses o capital.
      • Las garantías que se mantienen, sustituyen o constituyen.
      • El flujo de caja proyectado.
      • Las fuentes previstas para realizar los pagos.
      • El tratamiento de los acreedores de la misma clase.
      • Las obligaciones de información de la empresa.
      • Los mecanismos de vigilancia.
      • Las consecuencias del incumplimiento.
      • La posibilidad de vender activos o unidades de negocio.

      También debe revisarse si las proyecciones dependen de ingresos inciertos, de la venta de activos difíciles de comercializar o de aportes que todavía no han sido asegurados.

      Una vez aprobado conforme a las mayorías y reglas correspondientes, el acuerdo puede producir efectos frente a acreedores ausentes o que hayan votado en contra. Por ello, el análisis debe realizarse antes de su aprobación y no únicamente cuando comiencen los pagos.

      Hacer seguimiento al cumplimiento

        La protección de la acreencia no termina con la firma o confirmación del acuerdo. El acreedor debe conservar el documento, registrar los vencimientos y verificar cada pago.

        Cuando se presente un incumplimiento, conviene:

        • Establecer qué obligación dejó de atenderse.
        • Revisar los periodos de subsanación.
        • Conservar los extractos y comunicaciones.
        • Solicitar la información prevista en el acuerdo.
        • Examinar las garantías disponibles.
        • Determinar si procede una actuación ante el juez del concurso.

        Dependiendo de la gravedad y persistencia del incumplimiento, pueden activarse los mecanismos establecidos en el acuerdo o producirse consecuencias concursales, incluida eventualmente la liquidación judicial.

        Para conocer el marco general del proceso, consulte nuestra guía sobre los derechos del acreedor en la ley de insolvencia.

        Preguntas frecuentes sobre reorganización empresarial

        ¿Qué puedo hacer si mi factura no aparece en el proceso?

        Debe revisar el proyecto de calificación y graduación de créditos y establecer en qué etapa se encuentra la reorganización. Si el término continúa abierto, puede ser necesario presentar una objeción sustentada con los documentos de la deuda.

        Si la oportunidad ordinaria ya venció, debe estudiarse si todavía existe algún mecanismo para solicitar el reconocimiento y cuáles serían las consecuencias de la presentación tardía.

        ¿Puedo continuar una demanda ejecutiva contra la empresa?

        Como regla general, los procesos ejecutivos no pueden iniciarse ni continuar individualmente después del comienzo de la reorganización. Los procesos existentes deben remitirse al juez del concurso.

        Sin embargo, debe revisarse la naturaleza de la obligación, cuándo se causó y si corresponde a un gasto de administración, porque el tratamiento puede ser diferente.

        ¿Una empresa en reorganización debe pagar las facturas nuevas?

        Las obligaciones causadas después del inicio pueden considerarse gastos de administración cuando cumplen los requisitos legales. Estas obligaciones no reciben necesariamente el mismo tratamiento que las deudas sometidas al acuerdo.

        Para definirlo, debe examinarse cuándo nació la obligación y no solamente la fecha de emisión de la factura.

        ¿El acuerdo puede cambiar el plazo y los intereses de mi deuda?

        El acuerdo puede establecer nuevos plazos, periodos de gracia, tasas de interés y otras condiciones de pago, siempre que sea aprobado conforme a las mayorías y reglas legales aplicables.

        El acreedor debe revisar si las condiciones respetan su clasificación, las garantías existentes y el tratamiento correspondiente frente a otros créditos de la misma clase.

        ¿Qué sucede si voto en contra del acuerdo?

        Votar en contra no significa necesariamente que el acuerdo aprobado carezca de efectos frente a ese acreedor. Si se cumplen las mayorías y condiciones legales, sus disposiciones pueden resultar obligatorias para acreedores disidentes o ausentes.

        Por eso es importante revisar previamente la propuesta, los derechos de voto y las alternativas reales de recuperación.

        ¿Qué ocurre si la empresa incumple el acuerdo?

        El acreedor debe documentar el incumplimiento y revisar las reglas del acuerdo antes de iniciar una actuación. Dependiendo del caso, puede solicitarse la intervención del juez del concurso y la aplicación de los mecanismos previstos legalmente.

        Si la reorganización fracasa, puede abrirse una liquidación judicial de la sociedad, en la cual los acreedores deberán hacer seguimiento a los activos, la prelación de créditos y la distribución correspondiente.

        ¿Necesito abogado para presentar una acreencia?

        La necesidad de representación depende de la actuación que deba adelantarse. Sin embargo, la revisión jurídica puede ser especialmente conveniente cuando la deuda fue omitida, existe una discusión sobre su valor, hay garantías, deben presentarse objeciones o la propuesta de acuerdo afecta considerablemente las condiciones de pago.

        ¿Una empresa admitida a reorganización le debe facturas o incumplió un acuerdo de pago?

        En Abogados Bogotá revisamos los contratos, facturas, títulos valores, garantías y demás soportes de la deuda. También analizamos el reconocimiento de la acreencia, la clasificación del crédito, los derechos de voto y las condiciones propuestas para su pago.

        Cuando existen obligaciones vencidas, la estrategia de recuperación de cartera empresarial debe adaptarse a las restricciones y oportunidades del proceso concursal.

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