¿Qué hacer si recibe un requerimiento de la DIAN?
Recibir una comunicación de la DIAN puede generar preocupación, especialmente cuando está relacionada con declaraciones tributarias, información presentada por una empresa o posibles diferencias identificadas por la administración. Sin embargo, recibir un requerimiento no significa necesariamente que ya exista una sanción o que la DIAN tenga la razón frente a los hechos que está cuestionando.
Lo primero es identificar qué clase de documento recibió, cuándo fue notificado y qué pretende exactamente la administración tributaria. Estos elementos son importantes porque no todos los requerimientos tienen el mismo alcance ni conceden los mismos términos para responder.
Cuando detrás del requerimiento existe una empresa, una operación comercial o una posible contingencia económica importante, la revisión jurídica cobra todavía más relevancia. Una respuesta mal planteada puede afectar la posición de la sociedad frente a una eventual liquidación oficial, sanción o discusión posterior con la DIAN. Ante estos escenarios, como abogados expertos en derecho tributario, hemos diseñado una guía legal donde abordamos los aspectos más relevantes inherentes a los requerimientos de la DIAN.
Recibí un requerimiento de la DIAN: ¿qué significa?
Un requerimiento es una actuación mediante la cual la DIAN puede solicitar información, pedir explicaciones, comunicar inconsistencias o plantear modificaciones frente a determinada obligación tributaria.
Por eso, antes de responder, debe leer cuidadosamente el documento. Una comunicación preventiva o persuasiva no tiene necesariamente los mismos efectos que un requerimiento expedido formalmente dentro de un proceso de fiscalización.
La DIAN cuenta con amplias facultades para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, solicitar información y examinar declaraciones, de acuerdo con las facultades de fiscalización previstas en el Estatuto Tributario.
Requerimiento ordinario de información
Mediante un requerimiento ordinario, la DIAN puede solicitar documentos, datos o explicaciones relacionados con el cumplimiento de obligaciones tributarias.
Aunque pueda parecer una simple solicitud de información, no conviene responder de manera automática. Antes de enviar documentos o explicaciones, es importante verificar qué está investigando la administración, qué período está revisando y cuál puede ser el alcance de la información solicitada.
Además, el incumplimiento de determinadas obligaciones relacionadas con el suministro de información puede generar consecuencias sancionatorias conforme al artículo 651 del Estatuto Tributario.
Requerimiento especial
El requerimiento especial tiene una relevancia mayor dentro del procedimiento tributario.
De acuerdo con el artículo 703 del Estatuto Tributario, antes de efectuar una liquidación oficial de revisión, la DIAN debe enviar al contribuyente un requerimiento especial en el que señale los puntos de la declaración que considera que deben modificarse y explique las razones que sustentan esa posición.
En otras palabras, la administración está planteando formalmente cuáles son las diferencias que encuentra y qué aspectos pretende modificar.
El artículo 704 dispone además, que el requerimiento debe contener la cuantificación de los impuestos, anticipos, retenciones y sanciones que la administración pretende adicionar a la liquidación privada.
En esta etapa todavía existe la posibilidad de presentar objeciones y pruebas antes de que la DIAN adopte una decisión definitiva mediante una liquidación oficial.
¿Cuánto tiempo tiene para responder un requerimiento de la DIAN?
El plazo depende del documento que usted haya recibido. Este es uno de los puntos que conviene revisar con especial cuidado.
No debe asumir que todos los requerimientos enviados por la DIAN se contestan dentro del mismo término.
Además, para determinar correctamente el vencimiento es necesario revisar la fecha y la forma en que la actuación fue notificada.
Plazo para responder un requerimiento especial
Cuando se trata específicamente de un requerimiento especial, el artículo 707 del Estatuto Tributario establece un término de tres meses para responder.
Durante este período, el contribuyente puede formular por escrito sus objeciones, solicitar pruebas, aportar las que considere necesarias y controvertir los hechos planteados por la administración.
Por esta razón, la respuesta no debería limitarse a una explicación general. Debe construirse teniendo en cuenta cada una de las modificaciones propuestas por la DIAN y la forma en que pueden controvertirse jurídica y probatoriamente.
¿Desde cuándo empieza a contar el plazo?
No basta con mirar la fecha que aparece impresa en el documento.
Debe establecerse cuándo quedó legalmente notificado.
El Estatuto Tributario contempla diferentes formas de notificación, incluida la notificación electrónica. Las reglas aplicables pueden cambiar dependiendo del tipo de actuación y del mecanismo utilizado por la administración.
Una equivocación en el cálculo del término puede ser especialmente grave. Por eso, cuando recibe una actuación formal de la DIAN, uno de los primeros aspectos que debería revisarse es la fecha jurídica de notificación y el término exacto disponible para ejercer la defensa.
¿Qué debe revisar antes de responder a la DIAN?
Antes de enviar una respuesta, conviene analizar al menos cinco aspectos.
- Primero, qué tipo de actuación recibió. Debe establecerse si se trata de una comunicación persuasiva, un requerimiento de información, un requerimiento especial, un emplazamiento, una actuación sancionatoria u otro documento.
- Segundo, cuándo fue notificada. De esa fecha puede depender el término disponible para responder o ejercer algún recurso.
- Tercero, qué período y qué obligación están siendo cuestionados. Una actuación de la DIAN debe analizarse dentro del contexto concreto al que hace referencia.
- Cuarto, qué hechos y pruebas sustentan la posición de la administración. No basta con saber cuánto está cuestionando la DIAN. Es necesario entender por qué considera que existe una diferencia.
- Quinto, qué consecuencias puede producir la respuesta. Dependiendo del caso, puede discutirse la posición de la administración, aceptarse parcialmente algún punto, efectuar determinadas correcciones o preparar una defensa para una etapa posterior.
Cada una de estas decisiones puede generar efectos jurídicos distintos.
¿Qué riesgos puede generar un requerimiento de la DIAN para una empresa?
Cuando el destinatario es una sociedad, un requerimiento tributario no debe analizarse únicamente desde la cifra que aparece en el documento.
Una contingencia tributaria puede terminar afectando el patrimonio y la operación de la compañía.
Por ejemplo, una diferencia tributaria importante puede influir en decisiones relacionadas con distribución de utilidades, financiación, entrada de inversionistas, reorganizaciones empresariales, compraventa de participaciones o procesos de adquisición de empresas.
También puede convertirse posteriormente en una obligación exigible, con los efectos económicos y jurídicos que ello implica.
Por esa razón, dentro de una empresa el análisis de un requerimiento de la DIAN puede formar parte de una estrategia más amplia de protección patrimonial y prevención de riesgos comerciales.
Nuestros abogados de derecho comercial y empresarial pueden analizar este tipo de situaciones cuando las consecuencias tributarias tienen una incidencia directa sobre la sociedad, sus operaciones o su patrimonio.
¿Cómo puede ayudarle un abogado ante un requerimiento de la DIAN?
La intervención jurídica frente a la DIAN no consiste en realizar labores contables ni sustituir las funciones propias de otros profesionales.
El trabajo del abogado se concentra en estudiar el procedimiento, verificar la legalidad de la actuación administrativa, construir los argumentos de defensa, examinar las pruebas y representar los intereses del contribuyente cuando existe una controversia con la administración tributaria.
Revisar la legalidad del requerimiento y de su notificación
Uno de los primeros pasos consiste en determinar si la actuación cumple los requisitos legales aplicables.
Dependiendo del caso, puede revisarse:
- La competencia de la autoridad que expidió el acto.
- La forma y fecha de notificación.
- Los términos de la actuación.
- Los períodos objeto de fiscalización.
- La motivación del requerimiento.
- La posible firmeza de las declaraciones.
- Y el respeto del debido proceso.
Este análisis puede ser determinante antes de entrar a discutir las cifras o afirmaciones formuladas por la administración.
Analizar los argumentos y las pruebas de la DIAN
Un requerimiento puede contener afirmaciones sobre operaciones, costos, ingresos, deducciones, retenciones u otros hechos con incidencia tributaria.
Desde la perspectiva jurídica debe analizarse qué está tratando de demostrar la DIAN, con qué elementos sustenta su posición y si esos elementos son suficientes para justificar las modificaciones propuestas.
También puede ser necesario determinar qué pruebas pueden aportar claridad sobre los hechos discutidos.
Preparar la estrategia jurídica de respuesta
Cuando se trata de un requerimiento especial, el artículo 707 del Estatuto Tributario permite formular objeciones y solicitar o aportar pruebas.
La respuesta debe abordar concretamente los puntos planteados por la administración.
Un abogado puede organizar los argumentos jurídicos, estructurar las objeciones, analizar la normativa y jurisprudencia aplicable y determinar cuáles elementos probatorios pueden respaldar la posición del contribuyente.
El objetivo no es enviar más documentos de los necesarios, sino responder de manera coherente con una estrategia jurídica previamente definida.
Evaluar si conviene corregir, controvertir o aceptar parcialmente
No todos los procesos tributarios requieren mantener una oposición absoluta frente a cada uno de los puntos planteados por la DIAN.
En determinadas situaciones puede resultar conveniente controvertir una parte del requerimiento y aceptar otra.
El artículo 709 del Estatuto Tributario contempla la denominada corrección provocada por el requerimiento especial y regula los efectos derivados de aceptar total o parcialmente determinados hechos planteados por la administración.
Antes de tomar esta decisión conviene analizar sus consecuencias jurídicas y económicas.
Defender a la empresa si la DIAN continúa el procedimiento
Si la administración no acepta los argumentos presentados, el procedimiento puede continuar.
Dependiendo del caso, la DIAN puede expedir una liquidación oficial o una resolución sancionatoria.
En estas circunstancias puede ser necesario estudiar mecanismos posteriores de defensa, incluido el recurso de reconsideración previsto en el Estatuto Tributario.
Cuando la controversia continúa, el asunto puede convertirse en un verdadero litigio tributario, tanto en sede administrativa como posteriormente ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Errores que debería evitar al recibir un requerimiento de la DIAN
Uno de los errores más frecuentes es simplemente dejar pasar el documento pensando que más adelante llegará otra comunicación. Los términos dentro del procedimiento tributario pueden ser determinantes.
También es riesgoso responder inmediatamente sin estudiar el alcance jurídico de lo que se está reconociendo o explicando.
Otro error consiste en confundir una comunicación persuasiva con una actuación formal de fiscalización. Cada documento debe analizarse individualmente.
Tampoco debería suponerse que el término comienza a contarse desde el día en que usted abrió el correo o tuvo conocimiento informal del documento. Las reglas de notificación deben verificarse en cada caso.
Finalmente, conviene evitar efectuar correcciones, reconocer hechos o presentar explicaciones sin haber analizado primero cómo pueden afectar la posición jurídica del contribuyente dentro del procedimiento.
¿Qué puede suceder después de responder el requerimiento?
La respuesta no siempre pone fin a la actuación de la DIAN.
Dependiendo de las pruebas y argumentos presentados, el procedimiento puede seguir diferentes caminos.
La DIAN acepta las explicaciones o pruebas
La administración puede considerar suficientes los argumentos o documentos aportados respecto de todos o algunos de los puntos discutidos.
El resultado dependerá de las circunstancias particulares de cada actuación.
La DIAN amplía el requerimiento
El artículo 708 del Estatuto Tributario permite a la administración ampliar el requerimiento especial dentro de las condiciones previstas en la norma.
Esta ampliación puede incluir hechos o conceptos inicialmente no contemplados y también puede modificar la cuantificación de los impuestos o sanciones propuestos.
La DIAN profiere una liquidación oficial
Si la administración mantiene su posición, puede expedir una liquidación oficial de revisión.
El artículo 710 del Estatuto Tributario establece las reglas relacionadas con el término para notificar esta liquidación después del vencimiento del plazo para responder el requerimiento especial o su ampliación, sin perjuicio de las suspensiones legalmente aplicables.
Llegado este punto, debe revisarse nuevamente la actuación y determinar qué mecanismos de defensa proceden.
Preguntas frecuentes sobre requerimientos de la DIAN
¿Un requerimiento de la DIAN significa que ya tengo una sanción?
No necesariamente.
Un requerimiento puede formar parte de una etapa previa dentro de un proceso de fiscalización. En algunos casos la DIAN está solicitando información y en otros está proponiendo formalmente modificaciones a una declaración.
Por eso es importante revisar exactamente qué documento recibió antes de asumir que existe una sanción definitiva.
¿Cuánto tiempo tengo para responder un requerimiento especial de la DIAN?
El artículo 707 del Estatuto Tributario establece un plazo de tres meses para responder el requerimiento especial.
Sin embargo, este término corresponde específicamente al requerimiento especial. Otros documentos de la DIAN pueden tener términos distintos.
Además, debe establecerse correctamente desde qué momento comienza a contarse el plazo según las reglas de notificación aplicables.
¿Qué pasa si no respondo un requerimiento de la DIAN?
Las consecuencias dependen del tipo de actuación.
En el caso de un requerimiento especial, no responder puede hacer que la DIAN continúe el procedimiento sin que usted haya utilizado esa etapa para formular objeciones, presentar argumentos o aportar determinadas pruebas.
No significa que desaparezcan necesariamente todas las posibilidades posteriores de defensa, pero sí puede debilitar la posición jurídica frente a la administración.
¿Necesito abogado para responder un requerimiento de la DIAN?
Dependerá de la complejidad y del alcance del caso.
La asesoría jurídica resulta especialmente recomendable cuando existen montos importantes en discusión, sanciones, cuestionamientos por inexactitud, varias vigencias investigadas, una posible liquidación oficial o consecuencias relevantes para una empresa.
También puede ser conveniente cuando la actuación plantea cuestiones relacionadas con términos, notificación, firmeza, pruebas o interpretación jurídica.
¿Un requerimiento aduanero de la DIAN se responde de la misma manera?
No necesariamente.
Las actuaciones aduaneras cuentan con reglas específicas.
Además, la Ley 2586 de 2026 introdujo modificaciones relevantes al régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia aduanera y contempla actuaciones específicas como los requerimientos de información y el requerimiento especial aduanero.
Por ello, si la actuación que recibió está relacionada con importaciones, exportaciones, decomiso de mercancías u obligaciones aduaneras, debe analizarse bajo ese régimen particular y no únicamente bajo las reglas generales del procedimiento tributario.
Un requerimiento de la DIAN debe analizarse antes de responder
Recibir una actuación de la DIAN no significa que la empresa o el contribuyente deba aceptar inmediatamente los hechos o valores señalados por la administración. Tampoco conviene ignorarla. Lo prudente es establecer qué documento se recibió, cuándo fue notificado, qué está cuestionando la autoridad y qué posibilidades de defensa existen.
Cuando el requerimiento puede generar una contingencia económica importante, afectar el patrimonio empresarial o convertirse posteriormente en una liquidación oficial o sanción, la estrategia jurídica debería definirse desde las primeras etapas del procedimiento. Una respuesta preparada con anticipación permite defender la posición del contribuyente con mayor claridad y evitar decisiones apresuradas que luego resulten difíciles de corregir.
¿Recibió un requerimiento o una actuación de la DIAN?
Nuestros abogados en Bogotá pueden revisar el documento, verificar los términos y estudiar las alternativas jurídicas disponibles antes de que usted responda o tome una decisión que pueda afectar su posición frente a la administración tributaria.
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