Responsabilidad civil contractual y extracontractual: ¿cuál es la diferencia en Colombia?

Responsabilidad civil contractual y extracontractual

Cuando una persona sufre un perjuicio por la conducta de otra, una de las primeras preguntas que debe resolverse es de dónde surge la obligación de responder. No es lo mismo que el daño se produzca porque alguien incumplió un contrato a que ocurra sin que existiera previamente una relación contractual entre las partes.

Esta distinción determina si se está frente a una responsabilidad civil contractual o extracontractual, pero sus consecuencias van más allá del nombre. De esa forma, identificar correctamente el régimen aplicable permite establecer qué hechos deben demostrarse, de dónde surge la obligación incumplida y qué perjuicios pueden reclamarse. La Corte Constitucional ha reconocido expresamente la existencia y diferenciación de estos dos ámbitos de responsabilidad civil y en base a ello, como abogados expertos en derecho civil, hemos desarrollado una guía donde abordamos cada uno de estos aspectos legales.

¿Qué es la responsabilidad civil y cuándo existe el deber de indemnizar?

En términos sencillos, la responsabilidad civil busca que quien jurídicamente deba responder por un daño asuma las consecuencias que este haya ocasionado. Sin embargo, no basta con que una persona considere que fue perjudicada: es necesario estudiar cómo ocurrió el daño, qué obligación existía, quién puede ser responsable y qué relación existe entre la conducta cuestionada y los perjuicios reclamados.

En Colombia, el Código Civil contiene las reglas fundamentales tanto para la responsabilidad derivada de las obligaciones y contratos como para aquella que surge por daños ocasionados al margen de una relación contractual.

Por ello, antes de presentar una reclamación económica conviene determinar qué clase de responsabilidad corresponde al caso. Una calificación incorrecta puede afectar la forma en que se plantean los hechos, las pruebas y las pretensiones.

¿Cuál es la diferencia entre responsabilidad contractual y extracontractual?

La diferencia principal está en el origen de la obligación que se considera incumplida.

Aspecto Responsabilidad contractual Responsabilidad extracontractual
¿De dónde surge? De una obligación contractual previa De un daño que no depende del incumplimiento de un contrato entre las partes
¿Qué se analiza? Lo pactado y la forma en que se incumplió La conducta o hecho que produjo el daño
Ejemplo Una persona recibe dinero para cumplir una obligación y no la ejecuta en las condiciones acordadas Una persona causa daños a un bien ajeno sin existir un contrato con su propietario
¿Qué puede reclamarse? Los perjuicios jurídicamente atribuibles al incumplimiento Los perjuicios jurídicamente atribuibles al hecho dañoso

En la responsabilidad contractual ya existe una relación jurídica entre las partes y el conflicto aparece porque una obligación derivada de esa relación no se cumple correctamente.

Por otra parte, en la responsabilidad extracontractual, la obligación de reparar no depende de que previamente exista un contrato entre quien sufrió el daño y quien debe responder. El artículo 2341 del Código Civil contiene la regla general de responsabilidad extracontractual por el daño imputable a delito o culpa.

Esta diferencia debe respetarse al plantear un proceso. La Corte Constitucional ha advertido, precisamente, sobre los problemas que pueden presentarse cuando una reclamación formulada como extracontractual termina fundamentándose en instituciones propias de la responsabilidad contractual.

¿Cuándo existe responsabilidad civil contractual?

La responsabilidad contractual puede aparecer cuando existe una obligación que surge de un contrato y una de las partes no cumple aquello a lo que se comprometió, lo hace tardíamente o lo lleva a cabo de una manera que no corresponde a lo que se acordó.

El artículo 1602 del Código Civil establece la fuerza obligatoria del contrato legalmente celebrado, mientras que el artículo 1603 dispone que los contratos deben ejecutarse de buena fe. El artículo 1604 por su parte, contiene reglas relacionadas con la responsabilidad del deudor dentro de las obligaciones contractuales.

El contrato y la obligación incumplida

El primer punto consiste en determinar qué debía hacer cada parte.

No siempre basta con afirmar que “la otra persona incumplió”. Debe revisarse cuál era la obligación concreta, cuándo debía cumplirse, bajo qué condiciones y si quien reclama también atendió los compromisos que le correspondían.

Por ejemplo, puede existir una controversia porque no se entregó un bien, no se prestó el servicio acordado, se ejecutó una obligación de manera diferente a lo pactado o se incumplieron las condiciones previamente establecidas.

Cada situación debe analizarse desde el contenido real de la relación contractual.

Incumplimiento, cumplimiento tardío o cumplimiento defectuoso

Un conflicto contractual no aparece únicamente cuando la obligación queda completamente sin cumplir. También pueden existir controversias cuando la prestación se realiza fuera del plazo acordado o de forma distinta a las condiciones establecidas.

Por ello, antes de reclamar una indemnización debe identificarse exactamente qué parte del acuerdo fue incumplida y cuáles fueron sus consecuencias.

Si su situación se origina específicamente en este escenario, también resulta conveniente revisar nuestra guía sobre qué hacer ante el incumplimiento de un contrato civil en Colombia, donde este problema se analiza con mayor profundidad.

El daño y su relación con el incumplimiento

La existencia de un contrato incumplido no significa automáticamente que cualquier suma reclamada deba reconocerse como indemnización.

Debe establecerse qué perjuicio produjo realmente ese incumplimiento y cómo puede relacionarse con la conducta de la otra parte. Los artículos 1613 y siguientes del Código Civil contienen reglas sobre la indemnización de perjuicios derivada del incumplimiento de las obligaciones.

Esta relación entre incumplimiento y perjuicio resulta especialmente importante cuando se pretende obtener una condena económica.

¿Cuándo se presenta responsabilidad civil extracontractual?

La responsabilidad extracontractual se analiza cuando una persona sufre un daño cuya reparación no se fundamenta en el incumplimiento de un contrato existente entre las partes.

El artículo 2341 del Código Civil establece la regla general y obliga a indemnizar cuando se causa a otro un daño imputable en los términos previstos por la norma. El propio Código desarrolla posteriormente otros supuestos específicos de responsabilidad.

Daños causados sin que exista un contrato previo

Piense por ejemplo, en daños ocasionados a una propiedad, determinados accidentes o perjuicios producidos por una actividad desarrollada por otra persona.

En estos casos puede ocurrir que la víctima nunca haya celebrado un contrato con quien ocasionó el perjuicio. Lo relevante será establecer cómo sucedieron los hechos, cuál fue el daño y bajo qué regla jurídica puede atribuirse la responsabilidad.

Por esta razón, la ausencia de un contrato no significa que la persona afectada quede sin posibilidad de reclamar.

¿Siempre debe probarse la culpa de quien causó el daño?

No debería generalizarse.

Aunque el artículo 2341 contiene la regla general de responsabilidad extracontractual, el Código Civil contempla otros escenarios particulares. Por ejemplo, el artículo 2356 regula supuestos asociados a daños imputables a malicia o negligencia y ha sido objeto de un importante desarrollo jurisprudencial en materia de actividades peligrosas.

Esto significa que la forma de estudiar la responsabilidad y la carga probatoria puede variar según la actividad, las circunstancias en las que ocurrió el hecho y la norma aplicable.

¿Qué debe probar para reclamar una indemnización?

Uno de los errores más comunes al afrontar un conflicto de responsabilidad civil es concentrarse únicamente en explicar lo ocurrido y dejar en un segundo plano la evidencia.

En un proceso civil, las pruebas pueden determinar si los hechos expuestos realmente permiten obtener una indemnización. Como regla general, el artículo 167 del Código General del Proceso establece que corresponde a las partes demostrar los hechos que sustentan los efectos jurídicos que persiguen, aunque también contempla reglas sobre distribución de la carga de la prueba en determinadas circunstancias.

Pruebas en una reclamación por responsabilidad contractual

Cuando el problema surge de un contrato, puede ser especialmente importante conservar el documento contractual, anexos, comprobantes de pago, facturas, correos electrónicos, conversaciones, requerimientos realizados a la otra parte y cualquier elemento que permita determinar qué se había acordado.

También será necesario demostrar las consecuencias económicas que se atribuyen al incumplimiento.

Por eso, antes de iniciar una reclamación resulta aconsejable organizar cronológicamente los documentos y evitar eliminar comunicaciones que posteriormente puedan ser útiles.

Pruebas en una reclamación por responsabilidad extracontractual

Cuando el daño no deriva de un contrato, las pruebas dependerán de cómo ocurrió el hecho.

Fotografías, videos, testimonios, informes, facturas, valoraciones técnicas, peritajes y otros documentos pueden ayudar a reconstruir lo ocurrido y a determinar la magnitud del perjuicio.

No todos estos elementos serán necesarios en cada caso. Lo importante es que exista coherencia entre lo que se afirma, lo que puede probarse y lo que finalmente se solicita como indemnización.

¿Qué perjuicios se pueden reclamar?

Dentro de los perjuicios patrimoniales, dos conceptos especialmente conocidos son el daño emergente y el lucro cesante.

Daño emergente y lucro cesante

El artículo 1613 del Código Civil contempla estas dos categorías al regular la indemnización de perjuicios.

De esa forma, el daño emergente puede entenderse, de manera general, como la pérdida o afectación económica efectivamente sufrida como consecuencia del hecho que genera responsabilidad.

Por su parte, el lucro cesante, se relaciona con el beneficio económico que razonablemente se habría obtenido y que dejó de percibirse como consecuencia del incumplimiento o daño, siempre que jurídicamente proceda y pueda acreditarse.

No basta, por tanto, con asignar una cifra estimada al conflicto. Cuando se pretende el reconocimiento de una indemnización, el artículo 206 del Código General del Proceso establece reglas sobre el juramento estimatorio, que exige estimar razonadamente y discriminar los conceptos reclamados en los supuestos contemplados por la norma.

¿Es necesario conciliar antes de presentar una demanda?

En muchos conflictos civiles conciliables, sí debe revisarse este paso antes de acudir al juez.

El artículo 68 de la Ley 2220 de 2022, actualmente aplicable en materia de conciliación, establece que la conciliación extrajudicial en derecho debe intentarse como requisito de procedibilidad antes de acudir a la jurisdicción civil en determinados procesos declarativos cuando la materia sea conciliable. La misma norma contempla excepciones, entre ellas ciertos procesos divisorios, de expropiación y monitorios, además de otros supuestos expresamente señalados por la legislación.

Por eso no es correcto afirmar que toda demanda de responsabilidad civil exige obligatoriamente una conciliación previa. Primero debe determinarse qué proceso corresponde y si el caso se encuentra sujeto al requisito.

Además de su función procesal, una conciliación bien planteada puede permitir que las partes exploren una solución antes de asumir el tiempo y los costos de un litigio.

¿Cuánto tiempo tiene para reclamar una indemnización?

No conviene dejar una reclamación para después pensando que siempre existirá la posibilidad de demandar.

El artículo 2536 del Código Civil, modificado por la Ley 791 de 2002, contempla como regla general una prescripción de cinco años para la acción ejecutiva y de diez años para la ordinaria.

Sin embargo, esto no significa que todas las reclamaciones de responsabilidad civil tengan automáticamente un plazo de diez años. El propio Código Civil contiene reglas especiales de prescripción para determinados supuestos de reparación, como ocurre en el artículo 2358.

El término aplicable debe determinarse según el origen de la responsabilidad, las personas involucradas, la acción correspondiente y las circunstancias concretas del caso. Si el daño ocurrió hace tiempo, este análisis debería hacerse antes de tomar cualquier decisión.

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Preguntas frecuentes sobre responsabilidad civil contractual y extracontractual

¿Puedo reclamar una indemnización aunque no exista un contrato escrito?

Depende del caso.

Que no exista un documento denominado expresamente “contrato” no significa necesariamente que no pueda existir una relación contractual. Debe analizarse cómo nació la obligación, cuáles fueron las condiciones acordadas y qué elementos permiten demostrarla.

Si, por el contrario, el daño no depende de una relación contractual previa, puede ser necesario estudiar el caso desde las reglas de responsabilidad extracontractual.

¿Qué diferencia hay entre incumplir un contrato y causar un daño?

En el incumplimiento contractual, el punto de partida es una obligación previamente asumida entre las partes. En la responsabilidad extracontractual, la reclamación surge de un daño cuya reparación no depende de incumplir un contrato entre víctima y responsable.

La diferencia parece sencilla, pero en algunos casos determinar qué régimen corresponde requiere revisar detalladamente la relación existente antes de los hechos.

¿Puedo reclamar si el daño fue causado por varias personas?

Puede ser posible.

El artículo 2344 del Código Civil contempla responsabilidad solidaria en determinados eventos cuando el delito o culpa que ocasiona el daño es atribuible a dos o más personas, con las precisiones y excepciones previstas por la legislación.

Será necesario identificar la intervención de cada persona y establecer qué régimen de responsabilidad corresponde al caso concreto.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda de responsabilidad civil?

No existe una respuesta única para todas las reclamaciones.

Aunque el Código Civil establece términos generales de prescripción, también existen reglas especiales. Por ello, el plazo debe revisarse desde el momento en que se estudia el caso y no únicamente cuando se está próximo a presentar una demanda.

¿Qué pasa si no puedo demostrar cuánto dinero perdí?

La dificultad para acreditar el monto puede afectar directamente la indemnización pretendida.

Cuando se reclaman determinados perjuicios económicos no basta con señalar una cantidad de manera arbitraria. El Código General del Proceso regula tanto la carga de la prueba como el juramento estimatorio para las pretensiones a las que este último resulta aplicable.

Por ello, facturas, comprobantes, informes contables, contratos, movimientos económicos o peritajes pueden adquirir especial relevancia dependiendo del tipo de perjuicio que se pretenda demostrar.

De esa forma, la diferencia entre responsabilidad civil contractual y extracontractual no es únicamente una cuestión jurídica. Este tipo de conceptos permiten entender de dónde nace la obligación de responder, qué hechos deben demostrarse y cómo debe orientarse una reclamación por los perjuicios sufridos.

Ante la existencia de un contrato, será necesario estudiar qué se pactó y en qué consistió el incumplimiento. En el caso de que el daño ocurriese al margen de una relación contractual, se debe determinar qué régimen de responsabilidad extracontractual corresponde. En ambos escenarios, conservar las pruebas y revisar oportunamente los términos para reclamar puede resultar determinante antes de iniciar una conciliación o un proceso judicial.

¿Sufrió un perjuicio y necesita determinar quién debe responder?

Si un incumplimiento contractual o la actuación de otra persona le ha ocasionado daños, antes de presentar una reclamación conviene establecer qué tipo de responsabilidad existe, qué pruebas están disponibles y cuáles son los perjuicios que realmente pueden acreditarse.

Nuestro equipo de abogados de derecho civil en Bogotá puede revisar las circunstancias de su caso, determinar las alternativas jurídicas aplicables y orientarle sobre los pasos que correspondan para buscar la reparación de los daños sufridos.

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