¿Cómo solicitar la historia clínica completa en Colombia?

Cómo solicitar la historia clínica completa en Colombia

Solicitar una historia clínica completa es un derecho del paciente y puede ser necesario por muchas razones: continuar un tratamiento, obtener una segunda opinión, realizar un trámite o simplemente, conocer con precisión qué ocurrió durante una atención médica. También puede ser un documento especialmente importante cuando existen dudas sobre un procedimiento, una hospitalización o una posible responsabilidad médica.

En Colombia, usted tiene derecho a consultar la totalidad de su historia clínica y a obtener una copia. Sin embargo, es importante hacer una solicitud suficientemente clara, porque recibir únicamente una epicrisis o un resumen de atención no siempre significa que se haya entregado todo el expediente clínico. La Ley Estatutaria 1751 de 2015 reconoce expresamente el derecho del paciente a consultar gratuitamente la totalidad de su historia clínica y obtener copia de ella.

¿Qué normas regulan el acceso a la historia clínica en Colombia?

La historia clínica mantiene una protección especial debido a que contiene información privada sobre la salud de una persona. En este sentido, el artículo 34 de la Ley 23 de 1981 la define como un registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente, de carácter privado y sometido a reserva. Esa reserva impide el acceso injustificado de terceros, no privar al propio paciente del conocimiento de su información.

De esa forma, la Resolución 1995 de 1999 regula aspectos como la organización, contenido, diligenciamiento, acceso y custodia de la historia clínica. La norma establece que los registros deben realizarse cronológicamente y que la custodia corresponde, por regla general, al prestador de servicios de salud que generó la historia durante la atención.

También es importante destacar la Resolución 839 de 2017, que regula la conservación y disposición de estos expedientes. Asimismo, la historia clínica debe conservarse por un mínimo de 15 años contados desde la última atención, sin perjuicio de situaciones especiales en las que el tiempo de conservación puede ser mayor.

Actualmente también existe un proceso de interoperabilidad de la historia clínica electrónica. La Ley 2015 de 2020, junto con normas como las Resoluciones 866 de 2021 y 1888 de 2025, desarrolla el intercambio seguro de información clínica electrónica entre los diferentes actores del sistema de salud.

¿Tiene derecho a solicitar una copia completa de su historia clínica?

Sí. Usted puede solicitar y consultar su propia historia clínica. De hecho, el artículo 10 de la Ley 1751 de 2015 reconoce expresamente el derecho a consultar la totalidad de la historia clínica de forma gratuita y a obtener copia de ella.

Que la historia clínica sea un documento reservado no significa que la clínica, hospital o IPS pueda utilizar esa reserva para impedirle al propio paciente acceder a su información. La reserva opera principalmente frente a terceros que no estén autorizados legalmente para conocerla. La Resolución 1995 de 1999 contempla expresamente al usuario entre las personas que pueden acceder a su contenido.

¿A quién debe solicitarle la historia clínica?

Como regla general, debe dirigirse al prestador de servicios de salud que realizó la atención y generó la historia clínica. Puede tratarse de una clínica, hospital, IPS o profesional independiente, dependiendo de dónde recibió el servicio.

Esto es importante porque un paciente puede tener registros en varias instituciones. Si durante un mismo problema de salud fue atendido en urgencias de una clínica, posteriormente trasladado a otra institución y después realizó controles con otro prestador, puede ser necesario solicitar documentación en cada uno de ellos para reconstruir la atención completa. La Resolución 1995 establece que la custodia corresponde al prestador que generó la historia en el curso de la atención.

¿La epicrisis y la historia clínica completa son lo mismo?

No. Esta diferencia puede resultar fundamental cuando usted necesita conocer detalladamente qué sucedió durante una atención.

La epicrisis es un resumen de la historia clínica, especialmente asociado a servicios de urgencias con observación u hospitalización. Contiene información relevante de la atención, pero precisamente por tratarse de un resumen no equivale necesariamente a todos los documentos que integran el expediente clínico.

Por eso, si necesita revisar de manera completa un tratamiento, una cirugía, una hospitalización o las circunstancias que rodearon un resultado médico, puede ser conveniente solicitar expresamente la historia clínica completa y no limitarse a pedir la epicrisis.

¿Qué documentos debe pedir para obtener la historia clínica completa?

No todas las atenciones médicas producen los mismos documentos. Una consulta sencilla no genera el mismo expediente que una cirugía o una hospitalización prolongada. Por esa razón, la solicitud debe adaptarse al caso.

La Resolución 1995 de 1999 establece que la historia clínica se integra por la identificación del usuario, los registros específicos y los anexos y exige que los profesionales que participan directamente en la atención registren sus observaciones, conceptos, decisiones y resultados.

Dependiendo de la atención que usted haya recibido, puede solicitar que se incluyan, cuando existan:

  • Historia clínica íntegra y cronológica.
  • Registros de consulta externa, urgencias y hospitalización.
  • Notas de evolución médica.
  • Registros de enfermería.
  • Órdenes médicas.
  • Prescripciones y registros relacionados con medicamentos.
  • Interconsultas y valoraciones de especialistas.
  • Epicrisis.
  • Descripción o reporte de procedimientos quirúrgicos.
  • Registros relacionados con anestesia.
  • Consentimientos informados.
  • Resultados de laboratorio.
  • Informes de ayudas diagnósticas.
  • Informes y archivos de imágenes diagnósticas disponibles.
  • Resultados de patología.
  • Remisiones y demás documentos asociados a la atención.

No significa que necesariamente deban existir todos estos documentos en cada caso. Lo importante es pedir los registros generados durante la atención concreta que usted desea revisar.

¿Cómo solicitar la historia clínica completa paso a paso?

El procedimiento puede variar ligeramente de una institución a otra, especialmente porque muchas clínicas ya disponen de portales virtuales o formularios propios. No obstante, desde una perspectiva jurídica conviene que su solicitud permita identificar con claridad lo que está pidiendo.

1. Identifique la clínica, hospital o IPS donde fue atendido

Determine qué prestador realizó cada atención y si es posible, las fechas aproximadas. Si hubo atención en varias instituciones, probablemente tendrá que realizar solicitudes diferentes.

2. Indique expresamente que solicita la historia clínica completa

Evite limitar la petición a expresiones como “necesito un resumen médico” si lo que realmente desea es revisar todo el expediente disponible.

Si existe un documento concreto que le interesa especialmente, puede mencionarlo expresamente.

3. Acredite su identidad

La institución puede exigir la identificación del paciente precisamente porque la historia clínica contiene información reservada. Cuando la solicitud la presenta otra persona, podrán ser necesarios documentos adicionales que acrediten su autorización o la calidad en la que actúa.

4. Guarde constancia de la solicitud

Siempre que sea posible, conserve el número de radicado, correo electrónico, formulario enviado o cualquier otra constancia de la petición.

Este detalle puede parecer menor, pero adquiere importancia si posteriormente faltan documentos, la solicitud no es respondida o existe una controversia sobre qué información se pidió y qué información fue efectivamente entregada.

¿Cuánto tiempo tienen para responder una solicitud de historia clínica?

Cuando se ejerce formalmente el derecho de petición para solicitar documentos o información, la Ley 1755 de 2015 establece un término especial de diez días siguientes a la recepción de la petición. La misma ley regula el derecho de petición ante organizaciones e instituciones privadas para la protección de derechos fundamentales.

Esto no impide que una clínica o IPS tenga un procedimiento interno que permita entregar la documentación antes.

Por esa razón, conviene diferenciar dos cuestiones: el tiempo que voluntariamente anuncia cada institución para gestionar sus solicitudes y el término jurídico que pueda resultar aplicable cuando se presenta una petición formal.

¿Quién puede solicitar una historia clínica?

Por regla general, el propio paciente puede acceder a su historia clínica. También existen situaciones en las que otras personas pueden solicitarla, pero debido al carácter reservado de la información deberán acreditar que están facultadas para hacerlo.

Cuando la solicita otra persona en nombre del paciente

Si el paciente desea que un tercero realice el trámite, la institución puede solicitar una autorización y los documentos de identificación correspondientes. Esto busca proteger la información médica y comprobar que el titular realmente permitió su entrega.

Cuando se trata de un menor de edad

En estos casos deberán tenerse en cuenta las reglas de representación y los documentos mediante los cuales se acredite la calidad de quien realiza la solicitud, sin desconocer los derechos que corresponden al menor en función de las circunstancias concretas.

¿Puede solicitarse la historia clínica de una persona fallecida?

Sí existen circunstancias en las cuales los familiares más próximos pueden acceder a la historia clínica de una persona fallecida, pero el fallecimiento no convierte el expediente en información pública.

La Corte Constitucional ha reiterado que la reserva no puede oponerse automáticamente al núcleo familiar más cercano cuando se cumplen determinados requisitos. Entre ellos se encuentran acreditar el fallecimiento, demostrar la relación con el paciente, explicar los motivos de la solicitud y mantener la reserva de la información obtenida. Esta regla fue reiterada nuevamente por la Corte en la Sentencia T-402 de 2024.

Esto puede adquirir especial relevancia cuando la familia necesita conocer las circunstancias de un fallecimiento o estudiar la posibilidad de ejercer acciones judiciales. La jurisprudencia constitucional ha relacionado el acceso, en determinados casos, con derechos como el acceso a la administración de justicia.

¿Qué hacer si le entregan una historia clínica incompleta?

Recibir varios archivos o muchas páginas no garantiza necesariamente que se haya entregado todo lo solicitado. Si usted advierte que faltan documentos, lo primero es comparar su petición con la respuesta de la institución.

Por ejemplo, puede ocurrir que se mencione una intervención pero no se adjunte el consentimiento informado, que aparezca una orden de examen sin su resultado o que falten registros correspondientes a determinadas fechas.

Solicite por escrito los documentos faltantes

No es necesario comenzar acusando a la institución de haber cometido una irregularidad. Es más útil identificar objetivamente qué pidió y qué aparentemente no fue incluido.

Puede señalar el número de la solicitud inicial, la fecha de atención y los documentos que considera pendientes. Guarde igualmente constancia de esta nueva petición.

Además, la normativa sobre conservación de historias clínicas establece que la eliminación documental no puede realizarse arbitrariamente: la Resolución 839 de 2017 fija reglas específicas para la conservación y disposición final del expediente e indica que, por regla general, no pueden eliminarse documentos individuales aislados de una historia clínica salvo supuestos como copias idénticas o duplicados.

¿Qué hacer si una IPS se niega a entregar la historia clínica?

Una negativa debe analizarse según las circunstancias. La institución puede legítimamente proteger la historia frente a una persona que no está autorizada para conocerla, pero la situación es distinta cuando quien solicita la documentación es el propio titular o una persona que acredita legalmente su derecho de acceso.

Presentar un derecho de petición

Si no recibe la información, la entrega es incompleta o la institución no responde adecuadamente, una alternativa puede ser presentar un derecho de petición en el que se identifique claramente la documentación solicitada y las razones que sustentan el acceso.

La Ley 1755 de 2015 permite solicitar información y copias de documentos mediante derecho de petición y establece reglas para su presentación y respuesta.

¿Puede presentarse una acción de tutela?

Dependiendo de las circunstancias concretas, una negativa de acceso a la historia clínica puede comprometer derechos fundamentales y dar lugar al estudio de una acción de tutela.

La Corte Constitucional ha conocido casos en los que la negativa de una institución sanitaria a entregar la historia clínica afectó derechos relacionados con la información y el acceso a la administración de justicia. Esto no significa que toda dificultad con una historia clínica haga procedente automáticamente una tutela; cada situación debe revisarse de manera individual.

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¿Por qué es importante la historia clínica ante una posible negligencia médica?

Cuando una persona considera que algo pudo haber ocurrido de manera incorrecta durante una atención médica, es comprensible que quiera saber inmediatamente si existió negligencia. Sin embargo, jurídicamente es preferible reconstruir primero los hechos y obtener la documentación disponible.

La historia clínica permite revisar la cronología de la atención, las valoraciones realizadas, procedimientos, decisiones registradas, evolución del paciente, órdenes médicas, consentimientos y resultados que hayan quedado incorporados al expediente. Por esta razón, los registros clínicos pueden tener una importancia probatoria considerable cuando posteriormente se estudia una posible responsabilidad.

Ahora bien, un resultado médico desfavorable, una complicación o incluso una inconsistencia documental no permiten concluir por sí solos que existió negligencia médica. Determinar una posible responsabilidad requiere estudiar las circunstancias concretas del caso, la actuación médica, el daño alegado, la relación entre ambos y cuando corresponda, los elementos técnicos o periciales necesarios.

¿Qué puede revisar un abogado en la documentación médica?

Desde una perspectiva jurídica, la revisión puede ayudar a establecer si la documentación entregada corresponde con lo solicitado, identificar registros relevantes o faltantes, reconstruir la secuencia temporal de la atención y determinar qué información adicional puede ser necesaria para estudiar el caso.

También permite decidir si existen elementos suficientes para continuar con un análisis de responsabilidad o si, por el contrario, es necesario obtener otros documentos y conceptos antes de plantear una reclamación.

Si sus dudas se relacionan directamente con la atención recibida, puede consultar también nuestra guía ¿Cómo saber si hubo negligencia médica en Colombia?, donde explicamos los principales elementos que deben estudiarse antes de atribuir responsabilidad a un profesional o institución de salud.

Preguntas frecuentes sobre cómo solicitar la historia clínica

¿Una clínica puede negarse a entregarme mi propia historia clínica?

Como paciente, usted tiene derecho a consultar la totalidad de su historia clínica y obtener copia. La reserva protege la información principalmente frente al acceso indebido de terceros; no elimina el derecho del titular a conocerla.

¿La epicrisis es la historia clínica completa?

No. La epicrisis es un resumen de la historia clínica relacionado especialmente con determinadas atenciones de urgencias u hospitalización. Si necesita estudiar detalladamente lo ocurrido, conviene solicitar expresamente la historia clínica completa y los documentos generados durante la atención.

¿Cuánto tiempo tiene una IPS para entregar la historia clínica?

Cuando la solicitud se formula como una petición de documentos o información sometida a las reglas de la Ley 1755 de 2015, existe un término especial de diez días siguientes a la recepción de la petición. Algunas instituciones pueden entregar la documentación en un plazo inferior mediante sus propios canales.

¿Puedo solicitar la historia clínica de un familiar fallecido?

En determinados casos sí. Los familiares más próximos pueden acceder siempre que acrediten los requisitos establecidos por la jurisprudencia, entre ellos el fallecimiento, su relación con el paciente, los motivos de la solicitud y el deber de conservar la reserva de la información.

¿Qué hago si faltan exámenes, consentimientos o páginas en la historia clínica?

Conviene solicitar por escrito la documentación faltante, indicando qué documento no fue incluido y la atención o fecha a la cual corresponde. Conserve siempre el radicado y la respuesta. Si la omisión persiste y el documento puede ser relevante para una eventual reclamación, puede ser conveniente obtener orientación jurídica antes de continuar.

Solicitar su historia clínica no debería reducirse a recibir un resumen de la atención. Si usted necesita conocer con detalle lo sucedido, es conveniente identificar las instituciones que participaron, pedir expresamente una copia completa de la historia clínica y comprobar que la documentación recibida corresponda con el periodo y los servicios solicitados.

Si la razón de la solicitud es una duda sobre la atención médica, contar con el expediente permite empezar el análisis desde hechos y documentos concretos. La historia clínica no demuestra por sí sola que haya existido negligencia, pero puede ser una de las principales fuentes para reconstruir el caso y determinar si existen elementos que justifiquen una revisión jurídica más profunda.

¿Tiene dudas sobre la atención médica que recibió?

Si ya cuenta con su historia clínica, considera que está incompleta o ha tenido dificultades para obtenerla, nuestros abogados especializados en negligencia médica pueden revisar la documentación y las circunstancias de su caso para determinar qué alternativas jurídicas pueden existir.

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