¿Cómo saber si hubo negligencia médica en Colombia?
Una cirugía que terminó con una secuela que no se esperaba, un diagnóstico que llegó muy tarde o el fallecimiento de un familiar luego de recibir atención médica dejan muchas preguntas. De esa forma, una de las más difíciles es determinar si lo ocurrido fue una complicación propia de la enfermedad o del procedimiento, o si realmente pudo existir una actuación médica negligente.
Abordando la perspectiva jurídica, un resultado desfavorable no demuestra por sí solo que haya existido negligencia médica. Para establecer una posible responsabilidad es necesario revisar cómo se prestó la atención, qué decisiones fueron tomadas, qué información estaba disponible en ese momento, cuál fue el daño sufrido y si existe una relación jurídicamente relevante entre la actuación u omisión y ese resultado.
La responsabilidad médica en Colombia exige un análisis probatorio serio. La jurisprudencia ha insistido en la importancia de estudiar la conducta atribuida al profesional o a la institución, el daño y el nexo causal. En materia médica, precisamente, determinar esa relación entre una actuación y sus consecuencias suele ser uno de los asuntos más complejos del caso.
Por eso, antes de pensar en presentar una demanda, resulta conveniente responder una pregunta anterior: ¿existen elementos que justifiquen investigar jurídicamente lo ocurrido?
¿Cuándo puede considerarse que hubo negligencia médica?
Una posible negligencia médica puede presentarse cuando la atención brindada se aparta injustificadamente de los deberes profesionales exigibles para las circunstancias concretas del paciente y esa conducta ocasiona un daño.
Esto significa que no basta con comparar el resultado obtenido con el que el paciente esperaba. Es necesario reconstruir lo sucedido y analizarlo a partir de la información clínica disponible, los procedimientos realizados y las decisiones adoptadas durante la atención.
La Ley 23 de 1981, que contiene normas sobre ética médica, establece deberes relevantes en la relación entre médico y paciente. Entre ellos se encuentran evitar riesgos injustificados y obtener el consentimiento para determinados tratamientos médicos y quirúrgicos, informando anticipadamente sus consecuencias cuando corresponda.
Debe existir una actuación u omisión que merezca ser examinada
Una sospecha puede surgir por ejemplo, cuando aparentemente no se atendieron síntomas relevantes, se omitieron estudios necesarios, hubo una demora significativa frente a una situación urgente, no se efectuó un seguimiento adecuado o se produjo un incidente durante un procedimiento.
Sin embargo, cada uno de estos hechos debe estudiarse dentro de su contexto. Una demora no constituye automáticamente negligencia, del mismo modo que un diagnóstico inicialmente incorrecto no demuestra por sí solo responsabilidad.
La pregunta jurídica es más concreta: ¿la actuación que se esperaba razonablemente frente a las condiciones del paciente fue diferente de la que realmente se realizó?
Debe existir un daño
También tiene que existir una afectación susceptible de ser demostrada. Dependiendo del caso, puede tratarse de una lesión, una secuela permanente o temporal, el agravamiento de una enfermedad, la necesidad de nuevas intervenciones o incluso el fallecimiento del paciente.
En este sentido, en lo que respecta a responsabilidad civil, el artículo 2341 del Código Civil contiene la regla general conforme a la cual quien, mediante culpa, ocasiona un daño a otra persona puede quedar obligado a indemnizarlo.
No obstante, la sola existencia del daño no determina quién debe responder por él.
Debe analizarse la relación entre la atención médica y el daño
Este suele ser uno de los puntos decisivos.
Una persona puede haber recibido una atención cuestionable y al mismo tiempo, padecer una enfermedad que por sí misma podía producir determinadas consecuencias. Por ello, debe estudiarse si el daño puede relacionarse jurídicamente con la conducta que se considera negligente.
La Corte Suprema ha reiterado que en responsabilidad médica no pueden atribuirse al profesional todas las consecuencias perjudiciales que sufra un paciente sin establecer el vínculo causal correspondiente entre el daño y la actuación culposa que se le atribuye.
¿Una complicación médica significa que hubo negligencia?
No necesariamente.
La medicina no permite garantizar en todos los casos una curación o un resultado determinado. Incluso una intervención correctamente indicada y ejecutada puede presentar complicaciones.
Por eso, cuando aparece una secuela después de una cirugía, un tratamiento no funciona como se esperaba o el estado del paciente empeora, es necesario determinar por qué ocurrió.
Jurídicamente puede ser relevante establecer si el riesgo era conocido, si fue debidamente informado, si se tomaron las medidas razonables para prevenirlo, si la complicación fue identificada oportunamente y especialmente, cómo actuó el equipo médico después de que apareció.
La diferencia es importante: una complicación puede formar parte de los riesgos inherentes de una atención médica; una negligencia supone analizar si existió una actuación u omisión legalmente reprochable relacionada con el daño.
Señales que pueden justificar revisar una posible negligencia médica
Hay situaciones que, sin constituir una prueba definitiva, pueden justificar una revisión más detallada del caso.
Una de ellas ocurre cuando el diagnóstico llega demasiado tarde pese a que existían síntomas, exámenes o antecedentes que aparentemente debían ser valorados. En estos casos no basta con afirmar que hubo un diagnóstico tardío: debe determinarse si era razonablemente posible identificar la enfermedad antes y qué consecuencias produjo la demora.
También merece revisión una demora relevante en la atención o en el tratamiento, especialmente cuando la condición del paciente requería una respuesta oportuna.
Otra situación frecuente aparece cuando el paciente presenta una lesión, secuela o deterioro inesperado después de un procedimiento. El hecho debe contrastarse con la historia clínica, el procedimiento realizado y los riesgos asociados a la intervención.
Puede existir igualmente una cuestión jurídica cuando el paciente no recibió información suficiente antes de aceptar un procedimiento o tratamiento. El consentimiento informado no consiste únicamente en obtener una firma; debe analizarse qué información recibió realmente el paciente y si comprendía las consecuencias relevantes de la intervención. La Ley 23 de 1981 contempla expresamente deberes relacionados con el consentimiento y la información previa.
También resulta aconsejable revisar el caso cuando existen vacíos importantes entre lo que recuerda la familia y lo registrado en la historia clínica o cuando la evolución del paciente refleja cambios significativos sin que resulte claro qué medidas fueron adoptadas.
Por último, puede ser relevante que el estado de una persona se haya deteriorado progresivamente mientras determinados signos de alarma aparentemente no recibían una respuesta acorde con su situación clínica.
Ninguna de estas circunstancias permite afirmar automáticamente que existió negligencia. Sí pueden ser razones suficientes para estudiar con mayor profundidad lo ocurrido.
¿Qué pruebas permiten saber si realmente hubo negligencia médica?
La valoración de un posible caso de responsabilidad médica no debería basarse exclusivamente en recuerdos, conversaciones familiares o percepciones sobre el resultado.
Los documentos permiten reconstruir qué ocurrió antes, durante y después de la atención.
Historia clínica completa
La historia clínica es uno de los documentos centrales.
Allí deben quedar registrados de manera cronológica aspectos relevantes de la condición del paciente y de la atención prestada. El Ministerio de Salud continúa incluyendo dentro de la regulación aplicable sobre historia clínica la Resolución 1995 de 1999 y la Resolución 839 de 2017.
Además, la Ley Estatutaria 1751 de 2015 reconoce al usuario el derecho a que su historia clínica sea tratada de manera confidencial y reservada, así como a consultar su totalidad y obtener copia.
Por ello, una de las primeras actuaciones recomendables ante una sospecha de negligencia es obtener una copia completa y conservarla adecuadamente.
Exámenes, imágenes y órdenes médicas
Los resultados de laboratorio, radiografías, resonancias, tomografías, ecografías, fórmulas, órdenes médicas y demás estudios pueden aportar información importante.
Estos documentos permiten comparar lo que se conocía sobre el estado del paciente en cada momento con las decisiones adoptadas durante su atención.
Consentimiento informado
El consentimiento informado puede ser especialmente relevante cuando la discusión se relaciona con una cirugía, procedimiento invasivo o tratamiento que implicaba riesgos conocidos.
Su existencia tampoco resuelve por sí sola el caso. Firmar un consentimiento no significa que el paciente haya renunciado a reclamar cualquier actuación posterior, ni convierte automáticamente en aceptable una conducta negligente.
Debe estudiarse qué procedimiento fue autorizado, qué riesgos fueron explicados y si el daño discutido guarda relación con aquello sobre lo que efectivamente se informó.
Valoración técnica o especializada
En determinados casos puede resultar necesario contar con una valoración médica especializada que ayude a establecer qué conducta podía esperarse frente al cuadro clínico y si existe fundamento para cuestionar la atención recibida.
Esto cobra especial importancia cuando el expediente incluye múltiples profesionales, diferentes enfermedades, procedimientos complejos o varias posibles causas del daño.
Desde la perspectiva judicial, además, la prueba tiene un papel central. El artículo 167 del Código General del Proceso establece como regla que corresponde a las partes demostrar los hechos en los que fundamentan los efectos jurídicos que persiguen, aunque permite al juez distribuir la carga de la prueba en determinadas circunstancias.
¿Cómo revisa un abogado si existe un posible caso de responsabilidad médica?
El análisis jurídico comienza normalmente por reconstruir la atención en orden cronológico.
No se trata únicamente de localizar una frase equivocada dentro de la historia clínica. Hay que entender qué síntomas tenía la persona, cuáles eran sus antecedentes, qué exámenes se realizaron, qué diagnósticos fueron considerados, qué tratamiento se ordenó y cómo evolucionó posteriormente.
Después debe identificarse quién intervino. En una misma atención pueden participar médicos, especialistas, clínicas, hospitales, IPS, EPS y otros profesionales o entidades. Determinar qué actuación corresponde a cada uno evita atribuir automáticamente toda la responsabilidad a una sola persona.
A partir de allí, el abogado puede estudiar los documentos disponibles junto con los aspectos médicos que requieran apoyo especializado y establecer si existen elementos que permitan hablar de un posible incumplimiento de los deberes de atención, de un daño y de una relación causal.
La finalidad de esta revisión inicial es precisamente evitar dos extremos: descartar prematuramente un caso que sí merece ser estudiado o iniciar una reclamación sin contar con fundamentos suficientes.
¿Quién puede ser responsable por una negligencia médica?
La respuesta depende de cómo ocurrió la atención.
En algunos asuntos puede estudiarse directamente la actuación de un médico o especialista. En otros, la discusión puede involucrar también a una clínica, hospital, IPS, EPS o a varias personas y entidades que participaron en diferentes etapas del tratamiento.
Por esta razón, no resulta conveniente concluir desde el inicio que “el médico es el único responsable” o que toda reclamación debe dirigirse exclusivamente contra el hospital.
La identificación de los posibles responsables debe hacerse después de reconstruir la atención y determinar cuál fue la participación de cada uno.
¿Es diferente reclamar contra una clínica privada y un hospital público?
Sí. Aunque los hechos médicos puedan parecer similares, la vía jurídica puede cambiar dependiendo de la naturaleza de la institución involucrada.
Responsabilidad por atención en instituciones privadas
Cuando se estudia la responsabilidad de profesionales o instituciones privadas pueden entrar en juego las normas de responsabilidad civil contractual o extracontractual, según las características específicas de la relación y del caso.
El Código Civil contiene las bases de la responsabilidad por los daños ocasionados mediante culpa, pero la determinación concreta de la acción, los responsables y los perjuicios reclamables exige estudiar los hechos y la relación jurídica existente.
Responsabilidad por atención en una entidad pública
Cuando la atención cuestionada fue prestada por una entidad pública, el análisis puede corresponder a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
El artículo 140 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) regula el medio de control de reparación directa para reclamar la reparación de determinados daños antijurídicos atribuibles a la acción u omisión de agentes del Estado.
Esta diferencia es importante porque también puede cambiar el procedimiento y los términos disponibles para acudir ante la jurisdicción.
¿Cuánto tiempo tiene para reclamar una negligencia médica en Colombia?
No existe una respuesta única que pueda aplicarse correctamente a todos los casos.
El término depende de factores como la naturaleza de la reclamación, la persona o entidad contra la cual se pretende actuar, la vía judicial correspondiente y las circunstancias en las que ocurrió o pudo conocerse el daño.
Por ejemplo, los asuntos que deben tramitarse mediante reparación directa contra entidades estatales están sujetos a reglas específicas de caducidad previstas por el CPACA. Por ello, trasladar ese mismo término automáticamente a cualquier reclamación contra médicos o clínicas privadas sería incorrecto.
Si han transcurrido varios meses o años desde la atención médica, resulta recomendable revisar el caso cuanto antes. El paso del tiempo puede afectar no solo los términos legales, sino también la posibilidad de conseguir documentos y reconstruir adecuadamente lo sucedido.
¿Qué hacer si sospecha que usted o un familiar sufrió una negligencia médica?
Lo primero es solicitar y conservar la historia clínica completa. No se limite, si es posible, a una epicrisis o al resumen entregado al momento del alta. Dependiendo del caso pueden resultar relevantes evoluciones médicas, órdenes, resultados, notas quirúrgicas, registros de enfermería y demás documentos que integren la atención.
También conviene conservar exámenes, imágenes diagnósticas, incapacidades, fórmulas, facturas, autorizaciones y cualquier otro documento relacionado con lo ocurrido.
Después puede resultar útil elaborar una cronología sencilla: cuándo comenzaron los síntomas, a qué institución acudió, quién lo atendió, qué le indicaron, cuándo empeoró y qué sucedió posteriormente. Esta organización facilita comparar los recuerdos de la familia con los registros médicos.
Evite modificar los documentos originales o depender exclusivamente de capturas parciales cuando existen archivos completos. La conservación adecuada de la información puede ser importante más adelante.
Finalmente, si existen secuelas importantes, un fallecimiento, una incapacidad o dudas serias sobre la atención, una valoración jurídica temprana puede ayudar a determinar qué documentos faltan, qué aspectos necesitan revisión especializada y qué términos legales deben vigilarse.
Preguntas frecuentes sobre negligencia médica en Colombia
¿Cómo se demuestra una negligencia médica en Colombia?
No existe una única prueba que demuestre todos los casos.
Normalmente debe analizarse la actuación u omisión cuestionada, el daño sufrido y la relación existente entre ambos. Para ello pueden resultar importantes la historia clínica, exámenes, órdenes médicas, consentimientos, testimonios y, cuando las circunstancias lo requieren, valoraciones o dictámenes especializados.
El Código General del Proceso regula la carga de la prueba y contempla incluso la posibilidad de que el juez la distribuya de manera diferente cuando una de las partes se encuentre en mejor posición para aportar determinada evidencia.
¿Un diagnóstico equivocado siempre es negligencia médica?
No.
Un diagnóstico puede ser difícil incluso cuando el profesional actúa de manera diligente. Lo que debe determinarse es si, dadas las manifestaciones del paciente y la información disponible, se utilizaron razonablemente los medios de diagnóstico que correspondían.
También debe estudiarse si un eventual retraso o error produjo consecuencias que razonablemente podrían haberse evitado con una actuación diferente.
¿Puedo pedir mi historia clínica para saber qué ocurrió?
Sí. La legislación colombiana reconoce al paciente el derecho a consultar la totalidad de su historia clínica y a obtener copia de ella, respetando las reglas de reserva y confidencialidad.
Por ello, si usted está tratando de reconstruir una atención médica, este suele ser uno de los primeros documentos que conviene solicitar.
¿Puedo reclamar aunque haya firmado un consentimiento informado?
La existencia de un consentimiento informado no elimina automáticamente una eventual responsabilidad.
El consentimiento sirve para acreditar, entre otros aspectos, la aceptación de determinados procedimientos y riesgos informados, pero no autoriza actuaciones negligentes ni significa que el paciente acepte cualquier daño independientemente de cómo haya sido prestada la atención.
La Ley 23 de 1981 contempla expresamente deberes relacionados con la obtención del consentimiento y la explicación anticipada de determinadas consecuencias de los tratamientos.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar por negligencia médica?
Depende del tipo de responsabilidad y de quién deba responder.
No es aconsejable aplicar un mismo plazo a todos los casos. Una reclamación relacionada con un hospital público puede tener reglas distintas de aquella planteada frente a profesionales o instituciones privadas.
Si existe la posibilidad de iniciar una reclamación, la fecha de los hechos debe revisarse desde el comienzo del análisis jurídico para evitar que transcurran términos relevantes.
Cuando una atención médica termina con una secuela, un agravamiento o el fallecimiento de una persona, es comprensible que la familia quiera saber si algo se hizo mal. Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, la respuesta no puede obtenerse únicamente a partir del resultado. Hay complicaciones que pueden ocurrir incluso con una atención adecuada y al mismo tiempo, existen situaciones en las que una revisión cuidadosa de los documentos permite detectar actuaciones que merecen ser investigadas.
La historia clínica, la secuencia completa de la atención, las decisiones adoptadas, el daño sufrido y la relación entre esos elementos permiten aproximarse con mayor precisión a la pregunta de si puede existir responsabilidad médica. Antes de iniciar una reclamación, contar con una valoración jurídica del caso permite conocer sus fortalezas, las pruebas que pueden faltar y la vía que correspondería utilizar.
Si tiene dudas sobre una atención médica que causó lesiones, secuelas o el fallecimiento de un familiar…
Nuestro equipo de abogados para negligencia médica puede estudiar las circunstancias de su caso, revisar la documentación disponible y orientarle sobre los elementos que deben analizarse para determinar si puede existir responsabilidad médica en Colombia.
ARTICULOS DE INTERÉS
ARTICULOS DE INTERÉS
QUIENES SOMOS
Somos una firma legal que pone a sus servicios un equipo de profesionales prestigiosos y expertos en la ciudad de Bogotá. Somos Abogados asesores en todas las ramas del derecho que atienden las necesidades legales y multidisciplinarias, por medio de consultoría jurídica del mas alto nivel, asesoría integral, defensa, diseño de estrategias desde el inicio hasta la finalización del caso, amparos a nivel nacional e internacional y mucho más. ¡CONSULTE AHORA!



