¿Qué es cumplimiento Empresarial en Colombia?

Qué es cumplimiento en Colombia?

Cuando hablas de cumplimiento —o compliance— te refieres a la capacidad de actuar conforme a reglas, normas, leyes o estándares que rigen una actividad. Es una noción sencilla en apariencia, pero en el entorno empresarial moderno adquiere un alcance mucho más profundo. El cumplimiento es, en esencia, el mecanismo que sostiene la confianza en los mercados, evita riesgos jurídicos y reputacionales, y asegura que las organizaciones operen dentro de parámetros éticos y transparentes.

Hoy, más que una obligación impuesta por el Estado, el cumplimiento se ha convertido en un elemento estratégico de gestión que impacta directamente la sostenibilidad y la competitividad de cualquier empresa. Por ello, como abogados para empresas en Colombia, desarrollamos este artículo donde te explicamos los fundamentos, obligaciones y componentes clave del cumplimiento empresarial, con especial atención a las exigencias de la Superintendencia de Sociedades.

¿Qué es cumplimiento en una empresa?

Cuando trasladas el concepto al ámbito empresarial, el cumplimiento se entiende como el conjunto de políticas, procedimientos y prácticas que una compañía implementa para identificar, prevenir y gestionar los riesgos legales, financieros, operativos y éticos que enfrenta.

No se limita a “cumplir la ley”. Es un enfoque preventivo que atraviesa toda la cultura organizacional y supone que cada persona —desde la junta directiva hasta cualquier colaborador— actúe con integridad.

En Colombia, el cumplimiento empresarial está especialmente ligado a la gestión de riesgos como:

  • Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT)
  • Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM)
  • Corrupción y soborno transnacional
  • Protección de datos personales
  • Prevención del acoso laboral

Todo este ecosistema está regulado, en buena parte, por la Superintendencia de Sociedades, que a través de la Circular Externa 100-000011 de 2021 exige la adopción del SAGRILAFT y del PTEE, herramientas que se han convertido en el corazón de los programas de cumplimiento empresarial en Colombia.

¿Cuáles son los Componentes clave del cumplimiento en las empresas?

Un Programa de Cumplimiento efectivo no es un simple manual archivado; es un sistema de gestión vivo y en constante evolución.

De acuerdo con las mejores prácticas internacionales y, específicamente, con las exigencias de la Superintendencia de Sociedades —principalmente a través de la Circular Externa 100-000011 de 2021—, los componentes esenciales que debe integrar son:

  • Compromiso de la Alta Dirección: Conocido como el «Tone at the Top». Sin un compromiso genuino y visible de los máximos órganos de dirección y gerencia, cualquier iniciativa de cumplimiento está condenada al fracaso. Este compromiso se materializa en la asignación de recursos y la toma de decisiones alineadas con la ética.
  • Matriz de Riesgos: Es la herramienta fundamental para identificar, analizar y valorar los riesgos específicos a los que se enfrenta tu empresa. Por ejemplo, el riesgo de corrupción, de LA/FT, o de violación de la protección de datos. Esta matriz es la base sobre la cual se construyen las demás políticas.
  • Designación de un Oficial de Cumplimiento: Es la persona física —empleado interno o asesor externo— designada formalmente para liderar, supervisar y gestionar el Programa de Cumplimiento. Debe contar con la autonomía, los recursos y la autoridad necesarios para ejercer sus funciones con independencia.
  • Políticas y Procedimientos Documentados: Son los documentos que materializan el sistema. Los más críticos en Colombia suelen ser el manual del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM (SAGRILAFT) y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).
  • Debida Diligencia (Due Diligence): Se trata de los procesos establecidos para conocer y verificar de manera continua a tus contrapartes: clientes, proveedores, socios comerciales y empleados en posiciones sensibles. Su finalidad es prevenir que tu empresa establezca relaciones con actores de alto riesgo.
  • Capacitación y Comunicación Continuas: Es vital asegurar que todos los miembros de la organización, sin excepción, comprendan las políticas de cumplimiento, conozcan sus responsabilidades y estén al tanto de las consecuencias de su incumplimiento.
  • Canales de Denuncia Confidenciales (Líneas Éticas): Mecanismos seguros, accesibles y, sobre todo, confidenciales que permitan a empleados y terceros reportar posibles irregularidades o conductas indebidas sin temor a represalias.
  • Monitoreo, Auditoría y Mejora Continua: El cumplimiento no es estático. Requiere de revisiones periódicas —internas o externas— para verificar la eficacia del sistema y realizar los ajustes necesarios frente a cambios normativos o en la operación de la empresa.

¿Cuáles son las políticas de cumplimiento?

Las políticas son los documentos operativos que concretan los componentes antes mencionados.

En Colombia, dependiendo de tu sector económico, el tamaño de tu empresa (ingresos, activos) y otros criterios, existen políticas que son legalmente obligatorias. Las más relevantes son:

  • Política SAGRILAFT: Regula la gestión del riesgo de LA/FT/FPADM. Es obligatoria para compañías vigiladas que cumplan ciertos topes financieros o pertenezcan a sectores de riesgo, según la Circular Externa 100-000011 de 2021.
  • Política PTEE: Instrumento de prevención del soborno y la corrupción, basado en la Ley 2195 de 2021 y también exigido por Supersociedades.
  • Política de Protección de Datos (Habeas Data): Obligatoria para cualquier empresa que trate datos personales, conforme a la Ley 1581 de 2012.
  • Reglamento Interno de Trabajo y normas de convivencia: Necesarias para cumplir la Ley 1010 de 2006, que regula el acoso laboral.

La adecuada implementación de estas políticas no solo reduce el riesgo legal, sino que demuestra a clientes y autoridades que la empresa actúa con diligencia.

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¿En qué consiste el cumplimiento de normas acuerdos y leyes?

En términos prácticos, el cumplimiento es la aplicación integral de todas las obligaciones que recaen sobre la empresa.

Estas se dividen en dos grandes frentes:

  • Cumplimiento Externo (Regulatorio): Implica observar las normas de carácter obligatorio emitidas por entidades como la DIAN, la SIC, el Ministerio del Trabajo, la SFC y, especialmente, la Supersociedades. También comprende el acatamiento de leyes tributarias, ambientales, laborales, comerciales y de protección de datos.
  • Cumplimiento Interno (Corporativo y Contractual): Se refiere al respeto de las propias reglas de la organización: estatutos, acuerdos societarios, reglamentos, políticas internas y compromisos contractuales con clientes y proveedores.

El incumplimiento en cualquiera de estos dos frentes genera una exposición directa a sanciones económicas cuantiosas, procesos judiciales, pérdida de reputación y, en casos graves, la responsabilidad penal de la persona jurídica.

Preguntas frecuentes sobre qué es cumplimiento en una empresa en Bogotá

¿Qué es la acción de Cumplimiento en Colombia?

Es un mecanismo constitucional establecido en el artículo 87 de la Constitución Política que permite exigir judicialmente a una autoridad pública (o a un particular que ejerza funciones públicas) el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. No es lo mismo que un programa de compliance empresarial; es un recurso judicial de exigibilidad.

¿Cuáles son los tres tipos de cumplimiento?

Aunque existen muchas clasificaciones, en el contexto empresarial colombiano puedes agruparlo así:

  • Cumplimiento Regulatorio: Obediencia a la normatividad expedida por DIAN, Supersociedades, SIC, MinTrabajo, entre otras.
  • Cumplimiento de Gobernanza: Observancia de los estatutos, decisiones de la junta y políticas internas.
  • Cumplimiento Contractual: Cumplir lo pactado con clientes, proveedores y aliados.

¿Qué es un oficial de cumplimiento en una empresa?

Es la persona —empleado o asesor externo— responsable de liderar y supervisar el sistema de cumplimiento. La normativa de Supersociedades le asigna funciones concretas: monitoreo de riesgos, informes a la alta gerencia, gestión de canales de denuncia, verificación de contrapartes, entre otras. En empresas obligadas a adoptar SAGRILAFT, su designación no es opcional.

Hoy, en un mercado cada vez más regulado y vigilado —especialmente por la Superintendencia de Sociedades—, el cumplimiento empresarial dejó de ser un simple requisito formal. Se ha transformado en una ventaja competitiva que protege el patrimonio, reduce la exposición a investigaciones y sanciones, y fortalece la confianza con inversionistas, proveedores y clientes.

Ignorar la implementación de un SAGRILAFT o un PTEE no representa ahorro alguno; por el contrario, es una exposición directa a multas millonarias, responsabilidades administrativas para los administradores y un daño reputacional difícil de revertir.

Si tu empresa opera en Bogotá o en cualquier parte del país y buscas fortalecer tu sistema de cumplimiento, nuestros abogados especializados pueden acompañarte en el diseño, implementación y auditoría de programas ajustados a tus riesgos y obligaciones legales. Permítenos ser tu aliado estratégico para que puedas concentrarte en crecer, mientras nosotros nos ocupamos de blindarte jurídicamente.

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