Guía de Formación empresarial en Colombia – Bogotá 2025
La formación empresarial ha dejado de ser un beneficio opcional para convertirse en un pilar estratégico y, en muchos casos, una obligación legal estricta. De esa forma, ignorar los programas de capacitación exigidos por la ley puede exponer a tu empresa a sanciones significativas por parte del Ministerio del Trabajo o la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Por ello, nuestros abogados expertos en asesorías empresariales en Colombia, han desarrollado una guía donde se desglosa qué es la formación empresarial, cuáles son sus tipos, qué normas la regulan y cómo estructurar un plan que proteja y fortalezca tu organización.
¿Qué es formación empresarial?
La formación empresarial puede entenderse desde dos perspectivas complementarias, destacándose:
Desde la perspectiva estratégica, se trata del proceso planificado mediante el cual una empresa desarrolla las competencias de su personal, mejora su productividad y alinea las habilidades del equipo con los objetivos del negocio. De esa forma, capacitar a tu equipo no solo impulsa el crecimiento interno, sino que también contribuye a retener el talento y consolidar asimismo una cultura organizacional sólida.
Abarcando una perspectiva jurídica, la capacitación corporativa representa el conglomerado de entrenamientos, orientaciones y tareas registradas que un empleador está obligado a proporcionar para satisfacer las exigencias regulatorias, atenuar los peligros laborales y evitar comportamientos punibles. En esta línea, esta clase de instrucción, superando la mera intención, acata los dictámenes puntuales consagrados dentro del ordenamiento jurídico colombiano, tales como el Decreto 1072 de 2015, la Ley 1010 de 2006, la Ley 1581 de 2012 y el Código Sustantivo del Trabajo.
De esa forma, cumplir con estas exigencias no solo demuestra responsabilidad, sino que actúa como una medida preventiva frente a sanciones o demandas.
¿Cuáles son los tipos de formación empresarial?
Es crucial distinguir entre la formación que se recomienda y la que se exige por ley. Esta distinción es la base para una gestión integral del riesgo legal.
- Formación Estratégica (Opcional pero recomendada)
- Capacitación en habilidades blandas: Abarca áreas como liderazgo, comunicación asertiva, manejo de conflictos y trabajo en equipo.
- Capacitación en habilidades duras: Incluye el manejo de software especializado, técnicas financieras, estrategias de marketing digital, entre otras.
- Proceso de inducción (Onboarding): Orientado a integrar al nuevo colaborador en la cultura, misión, visión y valores de la organización.
- Formación Legal (Obligatoria por ley)
Este es el núcleo de tu responsabilidad como empleador. Su incumplimiento acarrea sanciones directas. A continuación, se detallan las capacitaciones obligatorias más relevantes, con su sustento legal:
- Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST):
Alcance: Es una de las obligaciones más críticas. Comprende la inducción inicial a todo nuevo trabajador y las capacitaciones anuales continuas.
Base Legal: Decreto 1072 de 2015 (Art. 2.2.4.6.11), que compila las disposiciones del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Este decreto exige la elaboración, implementación y mantenimiento de un «plan de capacitación anual» en SG-SST, el cual debe ser firmado por el representante legal y el responsable del sistema.
Ejemplos prácticos: Manejo de Elementos de Protección Personal (EPP), identificación de riesgos biomecánicos, implementación de planes de emergencia y formación específica para los miembros del COPASST.
- Convivencia Laboral y Prevención del Acoso:
Alcance: Capacitaciones dirigidas a prevenir, identificar y gestionar adecuadamente los casos de acoso laboral. Deben estar orientadas tanto al Comité de Convivencia Laboral como a la totalidad del personal.
Base Legal: Ley 1010 de 2006 y Resolución 652 de 2012. Estas normas obligan a capacitar al Comité de Convivencia Laboral sobre sus funciones y a todos los colaboradores sobre los conceptos, consecuencias y protocolos asociados al acoso laboral.
- Tratamiento de Datos Personales (Habeas Data):
Alcance: Formación indispensable para cualquier empleado que, por la naturaleza de sus funciones, acceda o trate bases de datos personales (nombres, cédulas, correos electrónicos) de clientes, empleados o proveedores.
Base Legal: Ley 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tiene la facultad de auditar a las empresas y imponer sanciones si verifica que el personal no ha recibido una capacitación adecuada sobre las políticas internas de tratamiento de datos.
- Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SAGRILAFT/SIPLAFT):
Alcance: Obligatoria para empresas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades o la Superintendencia Financiera, en función de su sector económico o nivel de ingresos.
Base Legal: Circular Externa 100-000016 de 2020 de la Superintendencia de Sociedades. Esta disposición exige la capacitación periódica del Oficial de Cumplimiento y de los empleados cuyas actividades estén expuestas a este tipo de riesgos.
¿Cómo se desarrolla un plan de formación empresarial?
Diseñar un plan de formación efectivo no consiste simplemente en programar cursos, sino en establecer un proceso documentado que responda a las necesidades legales y estratégicas de la empresa.
- Diagnóstico de necesidades legales y de cumplimiento:
El punto de partida es identificar los vacíos normativos. No basta con preguntar qué temas interesan al equipo, sino detectar en qué áreas existen riesgos de incumplimiento. Por ejemplo, ¿el COPASST está debidamente capacitado? ¿El área de mercadeo conoce las reglas del Habeas Data?
- Definición de objetivos concretos:
Cada plan debe orientarse a mitigar riesgos. Más que aspirar a una mejora general, el objetivo puede ser “cumplir al 100% el plan anual de SG-SST” o “evitar sanciones por violación de datos personales”.
- Ejecución y logística:
El Código Sustantivo del Trabajo establece que la formación realizada en horario laboral se considera tiempo de trabajo. Por tanto, si las capacitaciones obligatorias se efectúan fuera del horario regular, el tiempo debe ser remunerado.
- Evaluación y documentación:
Este es el punto crítico desde la perspectiva jurídica. La empresa debe conservar listas de asistencia, evaluaciones, certificados y el documento maestro del “Plan de Capacitación”. En una auditoría del Ministerio del Trabajo, la falta de estos soportes equivale a no haber realizado la formación.
¿Cuál es la importancia de la formación empresarial?
Más allá de sus beneficios operativos, la formación obligatoria es una herramienta de gestión de riesgo.
- Importancia Estratégica: Contribuye a mejorar el clima organizacional, retener el talento humano y aumentar la eficiencia operativa.
- Importancia Legal (El valor de la prevención):
- Evita sanciones económicas: Las multas pueden ascender a hasta 500 salarios mínimos legales vigentes (SMLMV) por incumplimientos en SG-SST (Ministerio del Trabajo) o a 2.000 SMLMV por violaciones a la Ley de Protección de Datos (SIC).
- Mitiga el riesgo de demandas laborales: Un empleado que ha recibido formación adecuada en riesgos laborales o prevención del acoso tiene menos argumentos para demandar por negligencia del empleador.
- Constituye una defensa sólida: Ante un accidente de trabajo, la primera prueba que solicita un juez o la ARL es la constancia de que el trabajador fue capacitado en los riesgos de su cargo. La falta de este documento puede atribuir la responsabilidad total al empleador.
¿Cuáles son los Beneficios de contar con formación para las áreas de la empresa?
La formación empresarial no beneficia solo al área de recursos humanos. Cada dependencia obtiene ventajas específicas:
- Gerencia y área legal: Garantiza el cumplimiento normativo, previene sanciones y protege la responsabilidad de los administradores.
- Recursos humanos: Reduce la rotación, mejora el clima laboral y facilita la gestión de casos disciplinarios y de convivencia.
- Operaciones y logística: Disminuye la accidentalidad y optimiza los procesos internos.
- Marketing y ventas: Evita sanciones derivadas del uso indebido de datos personales en campañas publicitarias o bases de clientes.
Preguntas frecuentes sobre formación empresarial en Bogotá
¿Cuáles son las Entidades que ofrecen formación empresarial?
En Bogotá, diversas instituciones brindan programas de formación empresarial:
- El SENA, que ofrece cursos gratuitos o cofinanciados mediante contratos de aprendizaje.
- La Cámara de Comercio de Bogotá, con programas de fortalecimiento empresarial.
- Las cajas de compensación familiar (Compensar, Colsubsidio), que desarrollan talleres y cursos especializados.
- Las ARL, que deben capacitar en temas de SG-SST a sus empresas afiliadas.
- Y las firmas de abogados o consultoras, especializadas en formación de cumplimiento normativo (Habeas Data, SG-SST, SAGRILAFT, entre otros).
¿Qué dice la ley sobre las capacitaciones en Colombia?
No existe una única “ley de capacitación”. Las obligaciones derivan de distintos cuerpos normativos:
- El Decreto 1072 de 2015, que exige un plan anual de capacitación en seguridad y salud en el trabajo.
- La Ley 1010 de 2006, que ordena la formación del Comité de Convivencia Laboral y la prevención del acoso.
- La Ley 1581 de 2012, que impone la capacitación del personal que maneja datos personales.
- Y el Código Sustantivo del Trabajo, que establece que el tiempo dedicado a la formación laboral se considera tiempo de trabajo.
Si bien la formación estratégica impulsa el crecimiento, la formación de cumplimiento —en seguridad y salud en el trabajo, protección de datos y convivencia laboral— protege directamente el patrimonio de la empresa y la responsabilidad personal de sus administradores frente a inspecciones del Ministerio del Trabajo, la SIC o la Superintendencia de Sociedades.
En este sentido, en Abogados Bogotá no solo identificamos los riesgos de cumplimiento normativo de tu empresa, sino que diseñamos, implementamos y validamos legalmente tus planes de formación obligatoria. Ofrecemos acompañamiento integral para asegurar que tu programa de capacitación cumpla con todas las exigencias del Decreto 1072 de 2015, la Ley 1581 de 2012 y demás normativas aplicables, protegiendo tu negocio de sanciones y fortaleciendo su sostenibilidad jurídica.
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