¿En cuánto tiempo una deuda pasa a cobro jurídico?

Es común que, cuando una persona se retrasa en sus pagos, se pregunte cuánto tiempo tiene el acreedor para iniciar un proceso legal y recuperar el dinero que se le debe. Este proceso, que conocemos como cobro jurídico, es cuando la gestión de la deuda pasa a ser formal. Se abandona la vía amistosa y el caso se lleva ante los tribunales por medio de abogados.
El cobro jurídico implica la posibilidad de embargos, medidas preventivas y demandas, con el consecuente impacto negativo en el historial crediticio del deudor, así como la generación de gastos adicionales. Por ello, nos dedicaremos a explicar de qué se trata el Cobro jurídico en Colombia, los plazos que establece la ley colombiana (especialmente en Bogotá) y la forma en la cual nuestros abogados pueden aconsejar a las partes involucradas para actuar de manera adecuada conforme al derecho colombiano.
¿Qué pasa cuando una deuda se va a cobro jurídico en Colombia?
El cobro jurídico se trata del proceso en el que el acreedor decide acudir a la vía judicial para exigir el cumplimiento de una obligación incumplida. Sin embargo, antes de llegar a este punto, generalmente se agota el cobro pre-jurídico basado en llamadas, correos, visitas y acuerdos de pago gestionados por el área de cartera o por agencias de cobranza. Esta fase busca recuperar la deuda sin la necesidad de acudir a los tribunales.
A pesar de ello, cuando el cobro pre-jurídico no da resultados, el acreedor puede optar por el cobro jurídico. Con este procedimiento, se inicia una demanda ante un juez civil, con el objetivo de obtener una sentencia que obligue al deudor a pagar. Si el juez falla a favor del acreedor, se pueden aplicar medidas como el embargo de bienes, cuentas bancarias o salarios.
De esa forma, en Colombia este procedimiento está regulado por el Código General del Proceso (CGP), el cual establece las reglas para la presentación de demandas, la práctica de pruebas y la ejecución de sentencias. Asimismo, es importante destacar que no todas las deudas pueden ser cobradas judicialmente de inmediato; existen plazos y requisitos que deben cumplirse, como la existencia de un título ejecutivo (por ejemplo, un pagaré o una letra de cambio) que demuestre la obligación clara, expresa y exigible.
¿Cuáles son los Plazos legales para el cobro de deudas en Bogotá?
Dentro de los aspectos más destacables que mantiene el cobro jurídico, el tiempo que tiene el acreedor para iniciar la acción jurídica resulta sumamente importante pues, dicho plazo se encuentra determinado por el término de prescripción, que varía según el tipo de obligación.
De esa forma, el Código General del Proceso establece que las acciones ejecutivas prescriben en cinco años, contados desde el momento en que la obligación se hace exigible. Esto significa que, si una persona firmó un pagaré con vencimiento el 1 de enero de 2020, el acreedor tiene hasta el 1 de enero de 2025 para presentar la demanda. En caso de no hacerlo dentro de ese lapso, pierde el derecho a exigir el pago por vía judicial.
Ahora bien, no todas las obligaciones tienen el mismo término de prescripción. A continuación, detallamos algunos ejemplos comunes:
- Pagarés y letras de cambio: Prescriben en tres años desde su vencimiento, según lo dispuesto en el Código de Comercio.
- Contratos de arrendamiento: Las acciones derivadas de estos contratos prescriben en cinco años.
- Obligaciones civiles sin título ejecutivo: Si no existe un documento que permita iniciar una acción ejecutiva, el acreedor debe acudir a un proceso ordinario, cuyo término de prescripción puede ser de diez años.
A su vez, es importante considerar que la prescripción puede interrumpirse si el deudor reconoce la deuda, realiza un abono o se celebra un acuerdo de pago. En estos casos, el plazo se reinicia y el acreedor conserva su derecho a demandar.
Desde nuestra experiencia como abogados en Bogotá, recomendamos no esperar al límite del término de prescripción para iniciar el cobro jurídico. Cuanto más tiempo transcurra, mayores serán las dificultades para localizar al deudor, obtener pruebas y recuperar el dinero. Además, si la deuda está respaldada por un título ejecutivo, es preferible actuar con rapidez para evitar que el documento pierda fuerza legal.
De esa forma, el cobro jurídico es una herramienta legítima y eficaz para recuperar obligaciones incumplidas sin embargo, debe utilizarse con criterio y conocimiento. Comprender los plazos legales, las diferencias entre cobro pre-jurídico y jurídico, y las implicaciones del proceso judicial es esencial para tomar decisiones informadas y proteger los intereses patrimoniales.
Nuestros asesores legales en Bogotá cuentan con amplia experiencia en el manejo de procesos ejecutivos y cobros jurídicos. Podemos orientar tanto a acreedores que buscan recuperar sus recursos como a deudores que necesitan estructurar una defensa sólida frente a las demandas. La asesoría legal adecuada permite prevenir errores, negociar acuerdos favorables y proteger los intereses de las partes en el marco de la ley.
Finalmente, la representación legal no es un lujo, sino una necesidad. El cobro jurídico exige precisión en los documentos, conocimiento de los términos de prescripción y una estrategia clara frente a las medidas cautelares que pueden decretarse. De esa forma, recomendamos a quienes enfrentan una situación de mora actuar con prontitud, buscar asesoría legal y evitar que la deuda escale a instancias judiciales. En este sentido, si ya se ha iniciado el cobro jurídico, contar con representación legal es clave para defender sus derechos, negociar acuerdos y minimizar los impactos económicos y reputacionales.
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